No. Días: 5 días hábiles por Luto por muerte de:
Cónyuge, compañero o compañera. Primero de consanguinidad: Hijos o
padres. Segundo de consanguinidad: Abuelos, nietos y hermanos.
Primero de Afinidad: Hijos habidos de hombre o mujer del trabajador
VALOR: Permiso remunerado por parte de la empresa
REQUISITOS: Aplica inicialmente únicamente para
empleados del sector privado
DOCUMENTOS: Certificado defunción dentro de los 30
días siguientes a la ocurrencia
OBSERVACIONES: Si en la ocurrencia del siniestro el
colaborador se encuentra en vacaciones habrá lugar a los 5 días y se
correrán las vacaciones