Nómina / Lección 1: Tipos de contratos

Tipos de contratos

Contrato fijo inferior a 1 año

Este es el tipo de contrato que se maneja como política al momento del Ingreso y se hace por 3 meses, los cuales son renovables con 3 prórrogas del mismo tiempo o inferiores. El período de prueba es de la quinta parte, en este caso sería (90/5) 18 días.

Ejemplo

  • Fecha de ingreso: 03/11/2016
  • El contrato inicial 3 meses
  • F. Vencimiento: 02/02/2017

1 prórroga: 

Desde el 03/02/2017 hasta el 02/05/2017

2 Prórroga:  

Desde el 03/05/2017 hasta el 02/08/2017

3 Prórroga:  

Desde el 03/08/2017 hasta el 02/11/2017*

* A partir de ésta fecha se convierte en Contrato Fijo a 1 año

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Contrato fijo inferior a un año

Contrato fijo mayor a 1 año

Una vez cumplamos con el contrato original y las 3 prórrogas, el contrato automáticamente se convierte en Fijo a 1 año.

Importante

Un contrato de trabajo a término fijo como bien lo dice la norma, puede ser renovado indefinidamente sin que por esto se convierta en un contrato a Término indefinido.

La renovación del contrato no necesariamente debe ser obligatoria como equivocadamente se suele interpretar. El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades, y la voluntad de las partes ha sido firmar un contrato de trabajo que finalizará en determinada fecha, por lo que una vez finalizado el contrato, una vez vencido su término, dependerá de la voluntad de las partes renovarlo o no y para ello deberá anunciarse con 30 días de anticipación por escrito informando la fecha en la cual vence.

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Contrato fijo mayor a un año

Pagos no constitutivos de salario

La empresa tiene algunos pagos que no son constitutivos de salario, los cuales se hacen de acuerdo a lo que dispone la ley. Estos pagos se formalizan a través de cláusulas dentro del contrato de trabajo cumpliendo todos los requisitos legales, ya que son pagos ocasionales y la empresa los determina como la participación de utilidades, alimentación, primas extralegales, entre otros.

LEY 50 DE 1990 ARTICULO 15 - ARTICULO 28 CST

Que las partes hayan dispuesto EXPRESAMENTE que no constituyen salario en dinero o en especie como: Alimentación, Primas extralegales (vacaciones, Participación de Utilidades).

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